Geometría del poder: otra arma hegemónica
Por Fabiola Soto el 30 de Noviembre, 2007 en Edición 81, Política
Versión Final desglosa la propuesta de reordenación territorial del Presidente
Presidencia concentrará más poder con el rediseño político territorial plasmado en el artículo 16 de la reforma. El tema es considerado por analistas de la oposición como un laberinto díficil de comprender. Comunas, provincias, ciudades y territorios federales, más distritos funcionales, destacarían por tener autoridades designadas a dedo. Aquí está un acercamiento al polémico artículo.
Fabiola Soto/Raúl Semprún
PROPUESTA DE ORGANIZACIÓN POLÍTICO-TERRITORIAL
- Estado
Cada uno de los territorios independientes de una federación. - Municipios
División administrativa menor que un estado, administrado por el alcalde y los concejales. Gozan de personalidad jurídica y autonomía dentro de los límites de la Constitución y de la ley. - Ciudad
Asentamiento poblacional dentro del municipio e integrada por áreas o extensiones geográficas denominadas comunas. - Comunas
Células geo-humanas del territorio conformadas por las comunidades. Contarán con un auto gobierno ejercido por consejos comunales, obreros, estudiantes “y otros que señale la ley”. - Provincia Federal
Se constituirán como unidades de agregación y coordinación de políticas territoriales, sociales y económicas a escala regional, siempre en función de los planes estratégicos nacionales y el enfoque estratégico internacional del Estado. Podrán agregar indistintamente estados y municipios. Son espacios divididos artificialmente con unidad histórica y geográfica. Son grandes organizaciones político-administrativas. Sus autoridades serán vicepresidentes designados por el Presidente. - Ciudad Comunal
Se constituye cuando en la totalidad de su perímetro se hayan establecido las comunidades organizadas, las comunas y los auto gobiernos comunales, estando sujeta su creación a un referéndum popular que convocará el Presidente de la República en Consejo de Ministros. Única conformada mediante elección popular. - Parroquias
Unidad político-territorial que divide algunos municipios. Administrado por un jefe civil y una junta parroquial. - Comunidades
Es la conglomeración de comunas. El núcleo espacial básico e indivisible del Estado, donde los ciudadanos y las ciudadanas comunes tendrán el poder para construir su propia geografía y su propia historia. - Ciudades Federales
Su organización se hará conforme con la ley e implica la activación de una Misión Local con su plan estratégico de desarrollo. Sus autoridades son designadas por el Presidente. Son revocables. - Distritos funcionales o insulares
Gozan de un régimen especial. Se crearán conforme a las características históricas, socio-económicas y culturales del espacio geográfico correspondiente, así como en base a las potencialidades económicas que, desde ellos, sea necesario desarrollar. Son micro unidades especiales con una unidad geográfica determinada. Pueden crearse bajo decreto presidencial. Su autoridad es designada por el Presidente. Los municipios Mara, Páez y Padilla están en la mira. - Municipios Federales
Son regiones especiales bajo responsabilidad directa del Gobierno en un tiempo determinado, con lo cual se garantizaría el apoyo inmediato y sin intermediaciones burocrática. Las gobernaciones y alcaldías concernientes podrían prestarle colaboración. Su creación quedará supeditada a un referendo. Sus autoridades son designadas por el Presidente. Son revocables.
REGÍMENES ESPECIALES
- Regiones marítimas
Generan tres figuras del derecho internacional del mar: la zona económica exclusiva, el mar territorial y la plataforma continental. - Territorios federales
Tienen régimen especial. Territorios que no tienen las características desde el punto de vista político-administrativo para ser un estado. Está pensado para espacios que aún estando dentro de un estado o municipio apenas son atendidos, permite generar un régimen de administración pública especial y generar inversiones directas. Su creación está supeditada a un referendo aprobatorio. Sus autoridades son designadas por el Presidente.
Jesús María Casal
“Se desmonta el Estado federal”“Hay cambios importantes que a largo plazo irían dirigidos a desmontar el estado federal. Está claro que se van a producir muchos solapamientos entre las figuras del municipio y figuras como las ciudades comunales (…) también crearán solapamientos institucionales, figuras como las provincias federales cuyas autoridades serán designadas por el Presidente, y los municipios federales e incluso las propias ciudades comunales, que van a repercutir también en el funcionamiento de los municipios”. Decano de la facultad de Derecho de la Universidad Católica Andrés Bello.
Asdrúbal Aguiar
“La autonomía será succionada”“La geometría del poder se concretaría en la instrumentación de fuerzas ordenadoras y de potencia: una descendente, desde el vértice del poder nacional y otra ascendente, desde la base de la pirámide social, pero cuyos manejos pasan por las manos del Presidente. Se orienta al desmantelamiento del poder real de los actuales estados federales y de sus municipios (…). La creación, de “regiones, “provincias federales, territorios federales y comunales, ciudades federales y comunales”, podrán succionarle, el contenido y la fuerza de sus competencias propias o autónomas”.
Hermann Escarrá
“Habrá gobiernos paralelos”“Con la llamada nueva Geometría del poder se crea una especie de superestructura que está por encima de los municipios y los estados. Es una suerte de gobierno paralelo con el único objeto de centralizar aún más el ejercicio del poder presidencial. Salvo en los municipios y estados que existen, en ninguna de las nuevas entidades habrá sufragio popular, a no ser por referendos aprobatorios para la creación de territorios federales, municipios federales y ciudades comunales, que sólo puede convocar el Presidente. Otra prueba de sus intenciones totalitarias”.
Jesús María Casal
Asdrúbal Aguiar
Hermann Escarrá 


Disculpa, los comentarios para esta entrada están cerrados.